La Corte Suprema ordenó eliminar una publicación en Facebook que correspondía a una “funa” por una presunta estafa.
El hecho ocurrió en Santiago y parte del escrito decía “dicen k la deben plata y eso es mentira ya an caído 2 y kere k yo sea el tersero es una estafadora no la krean difundir” (sic), que incluía fotografías de la mujer aludida.
En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal acogió la acción cautelar y ordenó la eliminación de las expresiones ofensivas de la red social, por afectar la vida privada de una mujer.
La decisión tuvo que ver con la forma en que el autor de la publicación utilizó datos personales de la supuesta estafadora y el eventual perjuicio que podría ocasionarse a través de terceros.
Los datos personales pueden considerarse desde el nombre, hasta su aspecto físico y aspectos más íntimos, como creencias o vida sexual.
El tribunal acogió el recurso de protección impuesto por V.S. en contra de M.T., autor de los dichos. Además dispuso que M.T. deberá eliminar de Facebook la publicación, tanto de las fotografías, como de las expresiones incorporadas a la misma y abstenerse posteriormente de realizar otras de similar tenor, ya sea por la misma vía u otra análoga.
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