Una indemnización de $16.500.000 deberá pagar la municipalidad de Coquimbo a una transeúnte que resultó lesionada tras ser golpeada por la rama de un árbol que se desprendió en el balneario de Tongo en agosto del 2013.
Así lo determinó la Corte de Apelaciones en fallo unánime, la que ordenó al municipio pagar a la víctima de 65 años la suma de $1.500.000 por concepto de lucro cesante, y $15.000.000, por daño moral.
“En el caso, estima este tribunal que no se dio cumplimiento al servicio, por cuanto no se realizó la mantención o poda del árbol cuya rama se desprendió, situación que resultaba completamente exigible a la Municipalidad de Coquimbo, (…) omisión que califica este tribunal como una falta del servicio, al encontrarse obligado a realizar una conducta, y no obstante ello, dejar de actuar, lo que se acentúa considerando que la demandada reconoce la existencia de un departamento de parques y jardines destinado a la poda de árboles en la vía pública” detalló el fallo de primera instancia.
La resolución agrega que el aplastamiento de la rama del árbol le causó a la víctima una fractura lumbar, por lo que concluyen que hubo un menoscabo anímico propio de la recuperación de ese tipo de situaciones.
Criterio que refrendó la Corte de Apelaciones de La Serena, que concluyó que “atendido el mérito de los antecedentes y teniendo en consideración que los argumentos vertidos en el recurso de apelación no logran desvirtuar las reflexiones y conclusiones de la juzgadora del grado, las que son además compartidas por esta Corte, y lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se CONFIRMA la sentencia apelada”.
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