El Juzgado de Garantía de Coquimbo rechazó la solicitud de suspensión del procedimiento realizada por la defensa de A.E.G.A., imputado por el Ministerio Público como autor del delito de homicidio calificado.
En la audiencia, el magistrado Rodolfo Maldonado desestimó la solicitud de suspensión por la supuesta enajenación mental del imputado y ordenó que se mantenga en prisión preventiva en el complejo penitenciario Huachalalume de La Serena, decretada el pasado 5 de octubre.
Cabe recordar, que el sujeto está imputado por el homicidio de un adulto mayor en Canela y posterior descuartizamiento.
La resolución sostiene que “de los antecedentes invocados por la defensa (…), teniendo en consideración las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados, no es posible dar mérito suficiente a la declaración de 2 testigos, que habrían avalado con sus dichos conductas propias de la enajenación mental al imputado, dado que su nula expertiz en el campo de salud mental y al no advertirse objetividad en su declaración pudiere bien tener como objetivo el beneficio a la situación procesal actual del imputado, dado que no se conoce antecedentes que pudieran avalar la objetividad con la que declaran, ni antecedentes serios que permitan presumir la inimputabilidad”.
El dictamen agrega que “el imputado actualmente ha mantenido un comportamiento y ha desplegado acciones que no demuestran privación ni alteraciones del juicio de la realidad, poseyendo un discernimiento entre el bien y el mal, así como ‘la capacidad de comprensión de las normas, y además una autodeterminación conforme a esa comprensión”.
Por tanto, concluye que se rechaza la solicitud de la defensa de suspensión del procedimiento y se mantiene la prisión preventiva del imputado A.E.G.A.
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