Con 95 votos a favor en el Congreso, el proyecto de incorporación de trabajadores independientes se convirtió en ley y obligará a quienes trabajen bajo la modalidad a cotizar en los regímenes de Protección Social.
De esta forma, la ley mantiene la obligación de cotizar a los trabajadores independientes.Desde el Ministerio del Trabajo, mediante un comunicado, precisaron que “estarán exentos de cotizar los hombres mayores de 55 años y las mujeres mayores de 50 años al 1 de enero de 2018”.
La ley aprobada establece un nuevo mecanismo gradual de cotización para los trabajadores que mantiene la obligatoriedad del pago de las cotizaciones a través de la Declaración Anual de Impuesto a la Renta de cada año, a partir de 2019, con cargo a la retención del 10% de impuestos.
A diferencia de la normativa vigente, se establece un incremento gradual de la retención de impuestos en 0,75% anual, hasta alcanzar el año 2026 un 16%; y el noveno año se incrementará en 1%, para llegar a 17% en 2027.
En el mismo documento emitido por el Ministerio señala que los obligados a cotizar son los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios por un monto bruto anual igual o mayor a 5 ingresos mínimos mensuales ($1,3 millones totales en el año), excepto hombres de 55 años o más, y mujeres de 50 años o más, al 1 de enero de 2018.
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