Este sábado el Servicio Electoral (Servel) publicó la nómina de vocales de mesa para las elecciones primarias de alcaldes y gobernadores regionales que se realizarán el domingo 29 de noviembre.
“Las Juntas Electorales determinarán los vocales sorteándolos entre quienes fueron nombrados para dicha función en el Plebiscito Nacional”, señalaron desde el Servel.
Para estas elecciones se redujo la cantidad de locales y mesas de votación en compración con el Plebiscito realizado el mes pasado; en total habrá 21.281 mesas de sufragio (en el Plebiscito fueron 44.697), con cinco vocales de mesa cada una, pero podrán funcionar con sólo tres vocales.
Para estas primarias las mesas funcionarán entre las 08:00 y las 18:00 horas, a menos que, llegada la hora de cierre, haya electores esperando para sufragar.
Para conocer tu local de votación y si fuiste designado vocal de mesa debes acceder a la sección de Consulta de Datos Electorales del Servel e ingresar tu RUT en el siguiente link.
Cuando y cómo excusarse
El plazo para presentar excusas es en los tres días hábiles siguientes a la publicación de la nómina de vocales, es decir este lunes 9, martes 10 y miércoles 11 de noviembre, acogiéndose a las causales de excusa del artículo 49 de la ley 18.700 y a aquellas integradas por el Consejo Directivo de Servel.
Las excusas establecidas para estas elecciones son:
- Tener 60 o más años de edad.
- Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).
- Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.
- Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
- Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
- Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
Estas excusas podrán ser formuladas por escrito ante el secretario de la Junta Electoral respectiva o acreditar ante el delegado del local el día de las Primarias o ante el Juez de Policía Local si llegasen a ser citados con posterioridad.
Todos los vocales deberán asistir a la constitución de mesas el día 28 de noviembre a las 15:00 horas en su respectivo local de votación.
¿Quiénes votan en primarias?
Podrán votar los independientes y los afiliados de partidos políticos que tengan domicilio electoral en las regiones o comunas en las que el pacto donde participe su partido presente candidatos. Los afiliados sólo podrán votar en la elección del pacto del cuál su partido forme parte, por ende, recibirán las cédulas electorales con los candidatos únicamente de su pacto. En cambio, los independientes recibirán las papeletas con todos los candidatos y podrán votar por cualquiera de ellos.
Afiliados:
Los afiliados y afiliadas a un partido político podrán votar únicamente si tienen domicilio electoral en regiones o comunas en las que el pacto del que participe al partido al que están afiliados presente candidatos.
Independientes:
Los independientes podrán votar por el candidato de cualquier pacto. Recibirán una papeleta con todos los nombres y para que su voto sea válido deberán elegir solo una opción. Todos los independientes podrán votar por primarias de gobernadores regionales. También podrán votar por primarias de alcalde, en caso de tener domicilio electoral en una comuna de las 36 comunas que realice primarias de alcalde.
Discussion about this post