Este sábado 15 y domingo 16 de mayo fueron declarados feriados irrenunciables con motivo del proceso eleccionario que se llevará a cabo en todo el país. Sin embargo, a diferencia de los anteriores, el de este fin de semana tendrá nuevas especificaciones, según lo informó el Seremi del Trabajo, Matías Villalobos.
La autoridad explicó que “a diferencia del feriado irrenunciable del pasado 1 de mayo, esta vez la normativa establece que el feriado del comercio comienza a las 21.00 horas del viernes 14 de mayo y termina a las 06:00 de la mañana del lunes 17 y sólo se exceptúan a esta regla los dependientes de expendio de combustible y las farmacias que por tuno dispuesto por la autoridad sanitaria deban atender durante esos días”. Asimismo, la autoridad recordó que “los locales comerciales atendidos por sus propios dueños y/o familiares directos pueden abrir porque no existiría relación laboral en este caso, como lo indica en su dictamen la Dirección del Trabajo. Tal es el caso de pequeños almacenes, minimarkets, entre otros”.
Multas
Respecto a las multas que se exponen las empresas que no respeten este feriado, el Director Regional del Trabajo, Rodrigo Fernández, indicó que “son bastante altas y pueden ir de las 5 a las 20 UTM, dependiendo del tamaño de la empresa. Los empleadores deben tener presente que no respetar el feriado es una infracción sancionada con multas aplicadas por cada trabajador sorprendido en infracción”.
Permiso para ir a votar
En relación a trabajadores que no sean dependientes del comercio, o bien que siéndolos estén exceptuados del feriado obligatorio e irrenunciable como lo señala la propia ley, y deban trabajar los días 15 y 16 de mayo, tienen derecho a ausentarse durante dos horas, a fin de que puedan ejercer su derecho a sufragio, sin descuento de remuneraciones. En ese sentido el Seremi del Trabajo fue claro y llamó a respetar este derecho. “Hacemos un llamado a los empleadores y trabajadores que sí tengan que trabajar estos días de elecciones, a que puedan conversar y consensuar los horarios para poder hacer uso de las 2 horas que tienen los trabajadores para ejercer su derecho a voto”.
Denuncias
Los trabajadores del comercio a los que no se les otorgue este feriado obligatorio e irrenunciable, pueden ingresar su denuncia en www.direcciondeltrabajo.cl, portal Mi DT, usando su Clave Única del Estado. Como medio comprobatorio debe registrar su asistencia al inicio y término de la jornada.
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