El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle condenó a dos penas efectivas de presidio perpetuo simple a F.J.A.S. y F.A.S.M., en calidad de autores de dos delitos consumados de homicidio calificado (alevosía). Ilícitos perpetrados en febrero del año pasado, en la comuna.
En tanto, los acusados C.A.P.V. y L.A.G.P. deberán cumplir sendas penas de 15 años de presidio, más accesorias legales, por sus responsabilidades, en calidad de autores, en los delitos.
Finalmente, el adolescente E.B.M.M. fue sanción al máximo legal de 10 años de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable que alrededor de las 11:55 horas del 3 de febrero de 2020, “en el pasaje Gustavo Olivares, comuna de Ovalle, F.J.A.S. y F.A.S.M., quien se movilizaba a bordo de una bicicleta y provisto de un arma de fuego calibre 9 milímetros, procedió a efectuar múltiples disparos en contra del vehículo tipo camioneta marca Chevrolet, modelo D-Max, P.P.U. BFCB-63, de propiedad de la víctima(…), ocasionándole daños en la parte posterior, frontal, laterales y en los focos y parabrisas delantero y trasero por impactos balísticos, daños avaluados en la suma de $2.000.000”.
En tanto, aproximadamente a las 22:45 horas del 21 de febrero de 2020, “en circunstancias que las víctimas (…), de 15 años de edad, y (…) , de 16 años de edad, se trasladaban por diversas calles de la comuna de Ovalle, en el vehículo tipo camioneta marca Mitsubishi, modelo L200, color negro, P.P.U. GTRB-79, arribando a la calle Los Olmos frente a una plazoleta ubicada en el lugar casi en la intersección con Los Castaños, sector denominado El Crucero del Amor, villa Los Naranjos, comuna de Ovalle, donde se estacionaron y detuvieron y estando sentados respectivamente en los asientos del conductor y copiloto, de forma previamente concertada, con premeditación y provistos de armas de fuego para efectos de efectuarles una emboscada y asesinarlos, fueron seguidos en el trayecto previo por 3 vehículos: un vehículo tipo automóvil marca BMW, en que se movilizaba el imputado C.A.P.V. conjuntamente con el testigo (…), un vehículo tipo automóvil en que se movilizaba el imputado L.A.G.P., y un último vehículo tipo automóvil marca Hyundai modelo Veloster de color blanco en que se movilizaban los imputados F.J.A.S., (conductor), y F.A.S.M., (copiloto) y E.B.M.M., (asientos traseros), posicionándose y deteniéndose los vehículos referidos, situándose detrás de la camioneta de las víctimas el Hyundai Veloster mencionado, descendiendo los imputados F.J.A.S. y F.A.S.M. y posicionándose por los costados de la citada camioneta, procediendo a efectuar ambos múltiples disparos en contra de las víctimas con sus respectivas armas de fuego, calibre 9 milímetros, todo ello mientras los imputados C.A.P.V., L.A.G.P. y E.B.M.M. les prestaban cobertura y protección desde los vehículos en que se movilizaban para llevar a cabo su acción homicida, para, una vez terminado su cometido”, abordar el vehículo en que se movilizaban, dándose a la fuga del lugar.
Las víctimas fueron trasladadas por testigos de los hechos al Hospital de Ovalle, centro asistencial en que fallecieron debido a las múltiples heridas por impactos de bala.
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