En el marco del plebiscito constitucional de este domingo 4 de septiembre, cuando los ciudadanos deberán elegir si aprobar o rechazar la propuesta de nueva constitución, se activará la normativa de Ley Seca, que prohíbe la venta de bebidas alcohólicas durante el día del sufragio.
Al igual que en otros procesos eleccionarios en el país, los establecimientos de expendio de alcohol, ya sea para el consumo dentro del local o para llevar fuera, deberán permanecer cerrados durante el día. La única excepción a esto son los hoteles en lo referido a quienes se están hospedando en ellos.
Desde el Servel informaron respecto a la ley seca, a continuación las preguntas frecuentes sobre el tema:
¿Pueden estar abiertas las botillerías durante el día del Plebiscito?
No. Desde las 05:00 horas del día 04 de septiembre y hasta dos horas después del cierre de las votaciones, deben permanecer cerrados todos los establecimientos que expendan bebidas alcohólicas, sea para su consumo en el local o fuera de él, exceptuándose los hoteles respecto a los pasajeros que pernocten en ellos.
¿Podrán abrir los supermercados durante el día del Plebiscito?
Si. Durante el día del Plebiscito, los supermercados podrán funcionar normalmente, pero permanecerán cerrados los pasillos y góndolas en que se expendan bebidas alcohólicas; sea para su consumo en el local o fuera de él y hasta dos horas después del cierre de las votaciones.
¿Se pueden realizar reuniones o celebraciones privadas, tales como matrimonios, seminarios y otros eventos, durante el día del Plebiscito?
Sí, sólo están prohibidas las reuniones o manifestaciones públicas de carácter electoral, entre las cero horas del segundo día anterior al Plebiscito; es decir, entre las 00:00 hrs. del viernes 02 de septiembre y las cuatro horas siguientes de haberse cerrado la votación en las Mesas Receptoras de Sufragios.
Sin perjuicio de aquello, en caso de realizar alguna actividad de carácter privado, se recomienda dar aviso a Carabineros de la situación para que estén en conocimiento.
¿Se pueden realizar reuniones religiosas el día del Plebiscito?
Sí, se pueden realizar. No se consideran reuniones públicas de carácter electoral.
¿Se pueden realizar manifestaciones o reuniones en la vía pública, que no sean de carácter electoral?
Sí, siempre y cuando cuenten con la autorización del Gobernador Provincial respectivo, quien consultará con el Jefe de Plaza para verificar que no se entorpezca el acceso a los Locales de Votación.
Discussion about this post