Un programa nacional de inspección ejecutó la Dirección del Trabajo (DT) al sector de Servicios Interurbanos de Transporte de Pasajeros (Turismo, Transporte de Personal) y de la Locomoción Colectiva Interurbana, instancia que permite verificar en terreno las horas legales de conducción y descanso de los choferes de los buses interurbanos de pasajeros.
En el caso de la Región de Coquimbo, las inspecciones del Trabajo de La Serena y Coquimbo se desplegaron en los terminales de buses de ambas ciudades donde constataron el cumplimiento de estas normas esenciales para que las tripulaciones cumplan sin fatiga con su labor de transportar pasajeros en condiciones seguras.
Mauricio Mundaca, director (s) de la Dirección del Trabajo de la región de Coquimbo, explicó que “en cumplimiento de un programa nacional de la DT dirigido a buses interprovinciales de transporte de pasajeros, nos constituimos en los terminales de buses para fiscalizar el cumplimiento del registro de asistencia y jornada de trabajo y descanso de conductores y auxiliares de estas máquinas. Para nuestro servicio es importante fiscalizar este cumplimiento normativo en estas fechas donde la afluencia de pasajeros y el aumento en la cantidad de viajes hace aún más necesario este tipo de fiscalización”.
La Seremi del Trabajo, Claudia Santander, comentó que “la Dirección del Trabajo tiene el deber garantizar la protección de los derechos laborales individuales y colectivos de las trabajadoras y trabajadores. Mientras que es obligación de los empleadores cumplir siempre con la normativa laboral y resguardar la salud y seguridad de los trabajadores, por lo que este tipo de fiscalización apunta justamente a ello con el objetivo de entregar tranquilidad a los conductores y a quienes se trasportan en estas jornadas”.
Durante el operativo los inspectores del trabajo revisan el registro automatizado de asistencia, los comprobantes con el historial previo de trabajo y descanso de cada conductor y auxiliar del vehículo fiscalizado. En el terminal de buses de La Serena la DT informó que tres empresas resultaron multadas por incumplimiento a las normas de registro de asistencia.
La normativa de jornadas y descanso para conductores de buses interurbanos considera que se debe dar un descanso mínimo ininterrumpido de ocho horas dentro de cada veinticuatro horas al personal de la locomoción colectiva interurbana. El chofer de locomoción colectiva interurbana no debe manejar más de cinco horas continuas y se otorga un descanso mínimo de dos horas. Además de tener instalado y funcionando correctamente el registro automatizado de asistencia.
Ante el incumplimiento de la norma y dependiendo del número de trabajadores de la empresa, la escala de multas varía entre 5 y 60 UTM.
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