Una multa por ruidos molestos, cercana a los 32 millones de pesos, es la sanción que la Molinera Coquimbo pretende dejar sin efecto en el Primer Tribunal Ambiental a través de una reclamación que fue admitida a trámite por el órgano jurisdiccional.
El reclamo se sustenta en diversos aspectos que dicen relación con el tiempo que duró el proceso sancionatorio llevado a cabo por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), el que comenzó el 2017 y solo culminó en mayo de este año.
También, la molinera alega que el órgano fiscalizador al efectuar la medición no consideró el ruido de fondo y tampoco tomó en cuenta una medición anterior efectuada por ellos mismos. “No se consideró el ruido de fondo ni otra medición de su propia SMA, que dio decibeles más bajos y que, por tanto, verificaban la necesidad de medición de ruido de fondo”, dice el escrito.
Además, el reclamante hace hincapié en que el lugar donde se emplaza la molinera (cercano al puerto) es una zona industrial donde hay otras fuentes emisoras de ruido, las que no fueron consideradas.
Por último, la molinera argumentó que el servicio fiscalizador no ponderó la cooperación de la empresa y la aplicación de medidas correctivas como la instalación de un silenciador que permitió disminuir en 13 los decibeles de ruido.
Sanción
La sanción fue impuesta por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) debido a la superación de 14 decibeles por sobre el máximo permitido, con un Nivel de Presión Sonora Corregidos (NPC) de 59 decibeles.
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