El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena comenzó el juicio oral en contra el capitán de Ejército J.S.F.S., imputado por el Ministerio Público -con adhesión del INDH, Consejo de Defensa del Estado y defensa de las víctimas- por los delitos de apremios ilegítimos causando muerte, apremios ilegítimos causando lesiones graves gravísimas y apremios ilegítimos causando lesiones graves; de los soldados conscriptos C.J.R.O. y J.A.A.M., como autores de los delitos de apremios ilegítimos causando la muerte y apremios ilegítimos y lesiones graves, respectivamente; y del cabo M.A.R.B., como autor del delito de apremios ilegítimos causando lesiones graves gravísimas. Ilícitos perpetrados en octubre de 2019, en las inmediaciones del mall Plaza de la ciudad.
En la primera jornada del juicio, el tribunal –integrado por las magistradas Ana Marcela Alfaro Cortés (presidenta), María Inés Devoto Torres y el magistrado Carlos Manque Tapia (redactor) – leyó la acusación fiscal que sindica a los acusados como autores de los ilícitos, para luego dar paso a los alegatos de apertura de todos los intervinientes.
Según la acusación fiscal, el 20 de octubre de 2019, tras haberse decretado estado de excepción constitucional en las comunas de La Serena y Coquimbo, el capitán de Ejército J.S.F.S., asumió como comandante de la Unidad Fundamental de Emergencia (UFE 1) para materializar la presencia militar con el objetivo de velar por el orden público y precaver daño o peligro para la seguridad.
En ese contexto, a las 18:08 horas aproximadamente, estando desplegadas las secciones de la UFE 1, una manifestación se desplazó por la Ruta 5 Norte hacia calle Amunátegui, y algunas tiendas del mall Plaza La Serena comenzaron a ser saqueadas, razón por la cual el imputado ordenó la conformación de cadena de tiradores a las tres escuadras, compuestas por alrededor 25 militares.
Ante la presencia de los soldados, quienes estaban sustrayendo especies dejaron de hacerlo. No obstante haber conseguido este objetivo con el despliegue militar, el imputado ordenó sucesivos avance de las cadenas, a las cuales se incorporaron tiradores de otras escuadras.
Poco después, a las 18:13 horas aproximadamente, J.S.F.S., instruyó a los soldados bajo su mando abrir fuego con los fusiles SIG, calibre 7.62 y Galil, calibre 5.56, que portaban, cargados mayoritariamente con munición de guerra y, en menor proporción, con munición de fogueo. El imputado no controló el uso de los fusiles de sus subalternos, vulnerando las reglas de uso de la fuerza que prohíbe apuntar con armas de fuego a personas en casos innecesarios.
Tras la orden de abrir fuego, se produjo una sucesión de disparos hasta que, a las 18:15 horas, el conscripto M.A.R.B., agotó las municiones de fogueo y, sin la debida diligencia, disparó una munición real, que impactó a la víctima Rolando Alberto Robledo Vergara, quien estaba ubicado en un sector de césped próximo a calle Amunátegui. La víctima resultó con lesiones de carácter grave, necesariamente mortales, sin socorro oportuno y eficaz, y que lo incapacitan para trabajar.
Con su actuar, el imputado M.A.R.B., empleó una violencia injustificada, desproporcionada e innecesaria en el control del orden público, considerando que la seguridad del sector ya estaba restablecida.
Posteriormente, aproximadamente las 18:16 horas, en los momentos que un grupo de civiles asistía a la víctima Robledo Vergara, el capitán en conocimiento que se encontraba una persona herida a consecuencia del accionar militar, omitió brindarle primeros auxilios, ordenó el repliegue de la tropa y no adoptó medidas para evitar el uso de munición letal.
Cuatro minutos después, a las 18:22 horas aproximadamente, en conocimiento de que sus subalternos utilizaban munición real y que apuntaban al cuerpo de la gente, impartió, sin justificación, una segunda orden de fuego. En la ronda el soldado conscripto C.J.R.O. disparó el fusil Galil que portaba con munición de guerra, impactando a la víctima Romario Wladimir Veloz Cortés, que se encontraba de pie en la berma a la altura del terminal de buses, desvaneciéndose en forma instantánea, falleciendo en el lugar.
En esta última secuencia de disparos, el imputado J.A.A.M., también disparó el fusil Galil que portaba con munición de guerra, impactando a César Antonio Véliz Cortés en el muslo izquierdo, causándole lesiones de carácter grave que, sin atención oportuna y eficaz, le habrían provocado la muerte. La audiencia continuará mañana, martes 1 de agosto, y está programada que se extienda por veinte días.
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