La Comisión de Libertad Condicional de la jurisdicción La Serena revisará, entre el 10 y el 13 de octubre, un total de 457 solicitudes, presentadas por internos de los centros penitenciarios Huachalume (410), Ovalle (26) e Illapel (21).
La comisión, que cumple funciones como órgano autónomo administrativo y se reúne en abril y octubre de cada año, la encabeza el presidente de la Corte de Apelaciones Felipe Pulgar Bravo, y la integran, además, jueces del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena y de Ovalle, un magistrado del Juzgado de Garantía de La Serena y la secretaria del tribunal de alzada, quien actúa como ministra de fe.
Durante cuatro jornadas, la instancia resolverá las solicitudes de otorgamiento de libertad condicional a los postulantes que cumplan con los requisitos que la ley establece, como por ejemplo: el tiempo de cumplimiento de la condena que se le impuso (en algunos casos, atendido el delito cometido, la mitad de su condena y otros los dos tercios de ella); el haber mantenido una conducta intachable en el establecimiento penal de acuerdo con los informes de Gendarmería; haber aprendido un oficio, si hay talleres en el recinto en el que se cumple condena, y haber asistido con regularidad a las escuelas y conferencias educativas del penal, estimándoseles en condiciones de ser reinsertados, por encontrarse corregidos y rehabilitados para la vida social.
En ese sentido, el ministro Pulgar informó que durante julio se reunieron con Gendarmería, de manera de optimizar el proceso de resolución a las solicitudes de libertad condicional de este segundo semestre. En la oportunidad, se coordinaron acciones de depuración respecto del informe psicosocial de cada interno que entrega el tribunal de conducta de Gendarmería a la comisión, especialmente el caso del IGI (Inventario para la gestión del Caso/Intervención), que identifica el nivel de riesgo de reincidencia de las personas para establecer la intervención a realizar, y que –entre otros parámetros- sirve de base para la decisión de la comisión, y es un criterio que pueden consideran las salas de la Corte al momento de acoger o rechazar los recursos de amparo presentados por los internos.
“Hicimos un trabajo de organización para analizar cuáles eran los principales factores de acogimiento de los recursos de amparo relacionados con las resoluciones del primer semestre, y para ello tuvimos reuniones con Gendarmería con el fin de actualizar los IGI, entonces ya hemos organizado un trabajo que tiene que ver con hacer más consistente aquellos informes para que la comisión pueda manejar la información y poder resolver conforme a Derecho”, manifestó.
La libertad condicional no extingue la responsabilidad penal del condenado, sino que le permite cumplir el resto de la pena en el medio libre, sujeto a los controles de Gendarmería de Chile.
De esta manera, los condenados quedan bajo la supervisión de personal especializado de Gendarmería, con la obligación de firmar en el Centro de Apoyo para la Integración Social, CRS, o la unidad más cercana al lugar de residencia. “Debemos recordar que la libertad condicional no es un beneficio, sino que se entiende como un medio de prueba, que permita dar por establecida la Comisión de Libertad condicional, encargada de resolver las solicitudes, que la persona se encuentra en condiciones de poder reingresar a la comunidad desde una lógica de reinserción, para aprender algún oficio, algún trabajo, con el fin de que pueda romper la lógica delictiva y transformarse en una persona que pueda llegar a una colaboración a la comunidad”, agregó el ministro.
Durante el primer semestre de 2023 de las 380 solicitudes fueron concedidas 10, es decir, un 2,6%.
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