En el fallo, la magistrada Valeria Mulet Martínez dio por establecido que la Universidad de La Serena actuó en forma arbitraria al hacer cesar en el cargo a Luis Enrique Rojas Rojas, pese a error que contenía la renuncia voluntaria que presentó el funcionario y que estaba condicionada a bonificación o incentivo al retiro, y que luego fue recontratado por tres meses y despedido sin justificación.
“En este sentido no se puede desconocer que si bien el actor cometió un error en la fecha para el cese de funciones que consignó en el formulario de renuncia, dicho error se podría haber advertido con antelación, si se hubiera tramitado la renuncia en la fecha en que el actor la presentó en enero de 2022 y no dos meses después como en definitiva se hizo; además la propia Resolución Exenta (…) que acepta la renuncia, establece en su único considerando que don Luis Enrique Rojas Rojas, se acoge a los beneficios indicados en el artículo 9 de la Ley 20.374, y a la bonificación adicional de cargo fiscal (…), de manera que la Universidad siempre entendió que la renuncia del actor se presentó con la finalidad de optar a los beneficios allí indicados y no simplemente poner fin a la carrera funcionaria, que en definitiva fue el efecto que erróneamente le otorgó la casa de estudio”, consigna el fallo.
Para el tribunal, en el caso concreto: “(…) al no haberse planteado por la denunciada ninguna explicación del motivo por el cual se reincorporó al actor, ni del motivo por el cual ello fue solo temporal, no la razón por la cual no se renovó esa contrata, más allá que el solo transcurso del tiempo o que se trata de una contrata transitoria, estima esta sentenciadora que era razonable esperar que se le explicitara al actor el motivo por el cual no se mantendría su reincorporación, especialmente si se considera que todas las autoridades administrativas de la Universidad estaban al tanto de lo ocurrido con su renuncia”.
“De esta forma, se estima que se ha vulnerado por la Universidad de La Serena el derecho a la Libertad del trabajo del actor, razón por la cual se acogerá la acción de tutela”, concluye.
Por tanto, se resuelve: “Que se acoge la denuncia de tutela por vulneración de derechos fundamentales interpuesta por don Luis Enrique Rojas Rojas en contra de la Universidad de La Serena declarándose que se vulneró su libertad de trabajo y en consecuencia se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones:
a) La suma de $9.873.402 (11 remuneraciones), por concepto de la indemnización prevista en el inciso tercero del artículo 489 del Código del Trabajo”.
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