Permiso de 3 horas para sufragar o excusarse para trabajadores y trabajadoras que tengan que laborar los días de elecciones; feriado obligatorio, el domingo 27, para los trabajadores que presten servicios en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica y canales de denuncias, son algunas de las normativas que difundió la Dirección del Trabajo (DT) en conjunto con autoridades regionales en vísperas de las próximas elecciones de este fin de semana.
Al respecto, el Delegado Presidencial Regional, Galo Luna, destacó la importancia de facilitar la participación ciudadana en las próximas elecciones, invitando a todas las ciudadanas y ciudadanos a votar: “se deciden cosas importantes sobre el destino de la región y de cada comuna. Queremos que sea una fiesta de la democracia, con mucha participación y responsabilidad. Estamos comunicando a todos los trabajadores que podrán utilizar un permiso de 3 horas para acudir a votar, y esperamos que los empleadores lo comprendan”.
De acuerdo con el dictamen N°656/24 emitido por la DT se menciona el lapso mínimo de 3 horas para que los trabajadores y trabajadoras que deban laborar durante ambos días, o en alguno de ellos, puedan sufragar o excusarse en cualquiera de ambos días dispuestos para la votación.
Asimismo, explica que debe darse un tiempo apropiado a quienes correspondiéndoles trabajar fueron designados vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados ante la Junta electoral. Todo lo anterior, sin descuentos de remuneración ni sanciones.
En tanto el Seremi del Trabajo, Francisco Brizuela, señaló que “este proceso eleccionario es bastante complejo, sobre todo porque se va a desarrollar en 2 días y la cantidad de candidatos hace más difícil el escenario. Además, hay 105 lugares de votación en la región y el 92% de los vocales cumplirán esa función por primera vez. Por eso, se disponen estos 2 días para asistir a los recintos de votación”. También enfatizó que “el domingo es un feriado legal para los trabajadores de establecimientos comerciales que funcionan bajo una misma razón social, como los malls y strip centers, y se debe cumplir esta obligación establecida por la Dirección del Trabajo”.
El dictamen de la DT explica el feriado legal, como obligatorio e irrenunciable para los trabajadores del comercio el domingo 27 y regirá sólo para quienes laboren en malls, strip centers y centros comerciales regidos por una misma razón social o personalidad jurídica. Por ende, el resto de los trabajadores del sector deberá trabajar puesto que sus centros de trabajo estarán funcionando y atendiendo a la población. Entre otros, estos centros comerciales pueden ser supermercados, grandes tiendas u otro tipo menor de locales de expendio que no se hallan en la situación legal descrita.
Fiscalización laboral durante los comicios
Mauricio Mundaca, Director Regional (s) de la Dirección del Trabajo, comentó que “estas es una norma que en la región tienen una gran adhesión, pese a ello la DT fiscalizará el domingo 27 de octubre las denuncias recibidas durante ese día y también las recibidas el sábado 26. Hemos dispuesto un canal de atención para recibir denuncias a través del fono 600 450 4000 y en el sitio web institucional www.dt.gob.cl”.
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