El Juzgado de Garantía de La Serena dejó sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva a J.M.M.B. imputado por el Ministerio Público como autor del delito consumado de femicidio. Ilícito perpetrado en la ciudad, el viernes recién pasado.
En la audiencia de formalización, el magistrado Claudio Ayala Oyanedel ordenó el ingreso en prisión de J.M.M.B. por considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Además, fijó en 90 días el plazo de investigación.
Al resolver la privación de libertad, el juez Ayala Oyanedel sostuvo que: “Se justifican los antecedentes que respaldan un delito de femicidio en grado de consumado. En cuanto a la participación, los mismos antecedentes que se han expuesto permiten presumir fundadamente aquello. Las circunstancias de no saber la hora efectiva de la muerte o la hora precisa son circunstancias accesorias que no permiten desvirtuar estos antecedentes de los que no existe controversia: que la víctima falleció por un traumatismo encéfalo craneano, que eso fue precisamente en el contexto de una agresión física de carácter mortal y que permite explicar la causalidad de aquella agresión con el resultado de la muerte”.
“En tal sentido, la actuación del imputado en las imágenes, que no es controvertido, porque hay una admisión de que fue agredida por el imputado por la tesis de la defensa, únicamente lo que se discute es la intencionalidad de muerte en aquella, permiten entonces también deducir que existen presunciones fundadas de participación del imputado en este hecho”, agregó.
Para el tribunal: “En cuanto a la necesidad de cautela, atendida la pena que arriesga no es posible considerar que pueda ser objeto de alguna pena sustitutiva, máximo considerando que no registra irreprochable conducta anterior, y la pena de crimen que arriesga permite considerar que su libertad, efectivamente, es un peligro para la seguridad de la sociedad”.
“Conforme al artículo 140 del Código Procesal Penal se dispone su prisión preventiva por ser considerada un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la pena que arriesga y las circunstancias de comisión del hecho”, concluyó.
Según el ente persecutor, aproximadamente a las 03:20 horas de la madrugada del 17 de enero de 2025, el imputado tras una discusión en el estacionamiento del domicilio que compartía con la víctima, su conviviente, la golpeó reiteradamente y azotó su cabeza y cuerpo contra el piso, lo que provocó que perdiera la consciencia. Luego, J.M.M.B. trasladó a la víctima al interior del domicilio, trayecto en que se le cayó en dos ocasiones golpeándose nuevamente contra el piso.
A consecuencia de las agresiones y golpes, la víctima falleció alrededor de las 05:00 horas del día siguiente, debido a un traumatismo craneoencefálico.
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