El Juzgado de Garantía de Illapel dejó sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva a M.E.P.M., imputado por el Ministerio Público como autor del delito frustrado de femicidio no íntimo y los delitos consumados de violación de morada y amenazas simples. Ilícitos perpetrado en mayo pasado, en el sector Peralillo.
En la audiencia de (re)formalización de la investigación, la magistrada Andrea Rojas Cortés aplicó en la valoración de los hechos, la perspectiva de género y el tratado internacional “Belém do Pará”, y ordenó el ingreso en prisión de M.E.P.M., por considerar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la víctima y de la sociedad. Además, mantuvo en 90 días el plazo de investigación, fijado en la audiencia de formalización realizada el 7 de mayo pasado, oportunidad en que le fueron imputados por Fiscalía los delitos de lesiones menos graves y violación de morada.
Al resolver la cautelar a imponer al imputado, la magistrada Rojas Cortés sostuvo que, el “Tribunal debe ponderar que si bien tiene irreprochable conducta anterior, las medidas cautelares que se deben imponer aquí deben poner especial énfasis en resguardar la integridad de la ofendida, no solamente de la seguridad de la sociedad. Y aquí hablamos de un hecho que ha generado alarma, ha generado incluso repercusiones a nivel social; se trata de una mujer que fue gravemente violentada por un tercero extraño, ajeno a su grupo social y familiar, que no tuvo ningún reparo para dejarla en las condiciones que el tribunal pudo advertir a través de la incorporación de pruebas o antecedentes fotográficos”.
“Por lo tanto, se resuelve restringir momentáneamente la libertad ambulatoria, sino que justifica que hay pruebas de proporcionalidad al momento de echar mano a una medida cautelar que ha sido definida como de ultima ratio y que solamente está explícitamente autorizada para aquellos delitos, aquellos hechos, que por su gravedad, por su impacto y por las características de los mismos, debe restringirse la libertad ambulatoria de los presuntos hechores. Por todas estas consideraciones, el tribunal se ha formado convicción y hará lugar a la solicitud de medida cautelar de prisión preventiva solicitada por Ministerio Público y querellante”, añadió.
Según el ente persecutor, aproximadamente a las ocho de la mañana del 6 de mayo de 2023, el imputado en estado de ebriedad, ingresó forzando y rompiendo el seguro de una ventana, al domicilio de la víctima, ubicado en el sector de Peralillo, comuna de Illapel. La dueña de casa huyó al patio del inmueble, pero fue alcanzada por M.E.P.M., quien la lanzó al suelo, la agredió en el rostro con golpes de puño, le presionó los ojos e intentó besarla, mientras la amenazaba con violentarla sexualmente.
Luego, mientras la arrastraba hacia la vivienda, la víctima logró huir en dirección a la vía pública dando gritos de auxilio; sin embargo, nuevamente fue alcanzada por M.E.P.M., la arrojó al suelo y continuó golpeándola en el rostro y cabeza, amenazándola con darle muerte. Momento en que la víctima fue auxiliada por un tercero, quien retuvo al imputado hasta la llegada de personal de Carabineros.
A consecuencia de las agresiones, la víctima resultó con diversas lesiones clínicamente de mediana gravedad, según diagnóstico del Servicio Médico Legal.
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