El Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago decretó el sobreseimiento definitivo de la causa abierta por la venta de la participación de la sociedad propietaria del proyecto minero Dominga, registrada en las Islas Vírgenes, la que no es constitutiva de delito.
En la audiencia de sobreseimiento, el juez Freddy Cubillos Jofré acogió la solicitud formulada por el Ministerio Público y decretó el sobreseimiento definitivo de la causa no formalizada e iniciada por querella, en contra del fallecido Presidente de la República Sebastián Piñera Echenique y el empresa Carlos Délano Abbott. Asimismo, rechazó la reapertura solicitada por la parte querellante.
“Que para resolver, recordar que los hechos sobre los que corresponde el pronunciamiento del tribunal, son aquellos que quedan fijados en las querellas, toda vez que estamos en presencia de una investigación donde no ha existido formalización”, advierte el fallo.
La resolución agrega: “Que por otro lado, el Ministerio Público ha cerrado la investigación, por los argumentos expuestos en audiencia, la reapertura solicitada por uno de los querellante fue desestimada y en esas circunstancias, debe entenderse como agotadas”.
El fallo consigna: “Que la realización del contrato en Islas Vírgenes estaba justificado por la naturaleza del negocio, estando regulado tanto en su forma, requisitos y tributación en la legislación nacional, de ello se colige que la sola circunstancia de estar ejecutado fuera del territorio nacional, no lo transforma en irregular”.“Tal fue así, que en conocimiento de estos antecedentes, el SII decidió no querellarse, indicó que no habían antecedentes de irregularidad y que los impuestos habían sido pagados. Situación similar ocurrió respecto del CDE, que luego del Comité de rigor decidió no hacerse parte como interviniente en el proceso”, releva.
“Además, parece oportuno recordar que la norma por la cual se querella, era inexistente a la fecha del ilícito investigado por cuanto al año 2010 el artículo 240 del Código Penal, no contenía el numeral invocado, siendo innecesaria mayor referencia a la irretroactividad de la ley penal”, afirma la resolución.
“Tampoco se logró acreditar la sostenida ‘falta de objetividad’ del Ministerio Público, máxime si existe meridiano consenso que esta debiera ser una garantía en favor del imputado, más relevante cuando existe querellante particular. Además, existió consenso en lo extensa y profusa que fue la investigación y las múltiples líneas investigativas abordadas”, añade.
“Que así las cosas, apareciendo claramente que los hechos objeto de las querellas, no son constitutivos de delito y al tenor de lo dispuesto en el artículo 250 letra a) debe necesariamente decretarse el sobreseimiento definitivo de la presente investigación. Atento a lo resuelto y por la prelación de causales de sobreseimiento, es innecesario pronunciarse respecto de las otras causales solicitadas”, concluye la resolución.
“Finalmente, en cuanto a las costas pedidas, no obstante la solicitud y argumentos dados por las defensas, no se impondrá la condena en costas, por entender que hubo motivo plausible para litigar, respecto de los querellantes primero al haberse admitido a tramitación el libelo, luego por haber la Fiscalía iniciado investigación de oficio por los mismos y finalmente por entender que tanto las autoridades como los funcionarios públicos en un Estado de Derecho necesariamente estamos sometidos a un escrutinio mayor en cuanto a nuestros actos”, razonó el magistrado.
Julián López, abogado de la Familia Délano, dijo que “la resolución ratifica con contundencia que aquí nunca hubo un Caso Dominga. No fue Sebastián Piñera ni la familia Piñera las que vendieron el proyecto Dominga a la familia Délano”.
“Todos quienes han revisado esta operación en sus detalles han llegado a las mismas conclusiones. Ni el CDE, ni el SII se querellaron y el Ministerio Público, tras más dos años y medio de investigación, solicitó el sobreseimiento definitivo. Es muy importante que sea finalmente la Justicia la que explique, con tanta claridad, que aquí no existió ningún delito”, agregó el abogado.
Discussion about this post