La Corte de La Serena acogió el recurso de apelación presentado por el Ministerio Público y ordenó la prisión preventiva de M.C.C.C., imputada como autora del delito de tráfico de drogas. Ilícito perpetrado el lunes recién pasado, en la comuna de La Higuera.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Cristián Álvarez Mercado, la ministra Roxana Camus Argaluza y la abogada (i) Carolina Salas Salazar– revocó la resolución recurrida, dictada por el Juzgado de Garantía de La Serena, que negó la prisión preventiva de la imputada.
“Que, atendido el mérito de autos y lo expuesto por los intervinientes en estrados, teniendo particularmente presente que no se ha suscitado debate respecto de la existencia del delito de tráfico ilícito de drogas, circunscribiéndose la discusión a la participación que en el mismo corresponde a la imputada, es que estiman estos juzgadores que los elementos investigativos hasta ahora reunidos por el persecutor permiten presumir fundadamente la participación que cabe a la encartada previamente individualizada en los hechos materia de formalización”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “Lo anterior, en virtud de la declaración prestada por el auxiliar del bus en el cual se transportaba, quien da cuenta de su ingreso al mismo en compañía de los demás imputados; el cargador de teléfono encontrado, que solo es posible vincular al móvil de la imputada y; por último, el registro telefónico en la planilla de números de contacto del bus, en el cual la encartada consignó el mismo número que otro de los formalizados, circunstancias todas que permiten presumir que obraban en conjunto y por ende a tener por configurado, en este estadio procesal, el requisito previsto en la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, al existir presunciones fundadas de participación, en calidad de autor, en relación al delito por el cual ha sido formalizada”.
“Así las cosas, concurriendo en la especie los presupuestos materiales de la medida cautelar solicitada por el Ministerio Público y considerando, en cuanto a la necesidad de cautela, la pena asignada por ley al ilícito, el carácter del mismo en cuanto a la naturaleza y la cantidadde droga incautada, al circunstancia de haber obrado en grupo o pandilla y la existencia de condenas previas, es que solo cabe entender que la libertad de la encartada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, no vislumbrándose medidas cautelares de menor intensidad que permitan resguardar los fines del proceso”, añade.
Por tanto, se resuelve que: “Se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de veinte de agosto de dos mil veinticuatro, en cuanto negó lugar a la medida cautelar solicitada por el ente persecutor, y en su lugar se declara que se accede a la petición del Ministerio Público, decretando la medida cautelar de prisión preventiva respecto de la imputada M.C.C.C., por constituir su libertad un peligro para la sociedad”.
Según el ente persecutor aproximadamente a las 11:00 horas del 19 de agosto de 2024, en la Ruta 5 Norte a la altura del kilómetro 540, en el sector de la tenencia de carreteras Elqui, comuna de La Higuera, los imputados U.A.P., Y.R.V.Q y M.C.C.C. fueron sorprendidos por personal de Carabineros en el interior de un bus de pasajeros, portando y transportando conjuntamente a fin de traficar, cuatro mochilas con un total de 55 tarros y 4 paquetes rectangulares contenedores de alrededor de 36 kilos de cocina base. Además, los imputados portaban cuatro teléfonos móviles y la suma de $180.000.
Discussion about this post