La ley que beneficiará a 250 mil mujeres a nivel nacional y a 9.214 a nivel regional, busca superar la actual discriminación arbitraria del artículo 203 del Código del Trabajo, que limita el derecho a sala cuna solo para madres de empresas con 20 o más trabajadoras
“Estamos muy contentos por el proyecto de ley que firmó el presidente Sebastián Piñera, en conjunto con el Ministro del Trabajo y Previsión Social, Nicolás Monckeberg y la Ministra de la Mujer y Equidad de Género, Isabel Plá, ya que permitirá que todas las madres trabajadoras con hijos menores de 2 años y padres trabajadores que tengan la tuición de sus hijos, puedan acceder al benéfico de la Sala Cuna, lo que sin duda aumentará la participación de la mujer en el mercado laboral”, indicó el Seremi del Trabajo y Previsión Social, Matías Villalobos.
Además Villalobos recalcó “sin duda esta ley beneficiará a miles de mujeres chilenas, incluyendo también a las trabajadoras de casa particular y trabajadoras independientes que coticen”.
La autoridad regional del trabajo explicó el contexto en el que se encuentra el mercado laboral femenino, “en Chile la participación laboral femenina no alcanza aun el 50%, muy por debajo del promedio de países OCDE (60,2%). Mientras que las cifra de empresas que cuentan con 20 o más trabajadoras solo representa un 11,7%”.
Detalles de la Ley
Este beneficio lo entregará un fondo solidario creado especialmente para estos efectos, que se financiará con una cotización mensual de cargo de los empleadores equivalente a un rango entre 0,1% y 0,4% de las remuneraciones de sus trabajadores contratados. En el caso de los trabajadores independientes esta cotización será calculada sobre las rentas imponibles.
El monto del beneficio ascenderá a 5,14 UTM mensuales (245 mil pesos aproximadamente a agosto de 2018) más una matrícula anual. Este beneficio le será entregado directamente al prestador del servicio elegido por la trabajadora en cuestión.
El beneficio podrá ser utilizado en salas cuna tanto públicas como privadas que cuenten con el reconocimiento o autorización del Ministerio de Educación, la que podrá ser elegida libremente por el beneficiario y el monto del beneficio ascenderá a
5,14 UTM mensuales (245 mil pesos aproximadamente a agosto de 2018) más una matrícula anual.
Quiénes podrán gozar de este beneficio
(1) Todas las madres trabajadoras que cuenten con contrato de trabajo (2) El padre trabajador que tenga la tuición del menor. (3) El trabajador o trabajadora al que por sentencia judicial se le haya confiado el cuidado personal del menor. (4) Trabajadoras independientes que coticen (5) trabajadoras de casa particular (6) Además, el proyecto permite que el padre de un niño menor de 2 años pueda solicitar el beneficio en representación de la madre que tenga derecho a sala cuna de acuerdo a la ley.
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