Faltan pocos días para las celebraciones de Fiestas Patrias y como todos los años, la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Chile (CNC) recordó que los días 18 y 19 de septiembre son feriados irrenunciables para el comercio, es decir, no pueden abrir.
En el caso del feriado legal del 17 por tratarse de víspera de un feriado obligatorio, los trabajadores deberán trabajar hasta máximo las 21:00 horas.
El Código del Trabajo sobre la jornada laboral en el comercio dispone que los días 18 y 19 de septiembre son feriados obligatorios e irrenunciables para los trabajadores del sector.
La excepción a esta ley son los locales atendidos por sus propios dueños y aquellos que pertenezcan a los rubros de entretenimiento como restaurantes, clubes, cines, casinos de juegos, además de expendio de combustibles y farmacias de urgencia o con turno fijado por la autoridad sanitaria.
El descanso de los trabajadores del comercio dependiente deberá iniciarse, a más tardar, a las 21:00 horas del día anterior al festivo irrenunciable.
Por lo tanto, los locales deberán tomar las medidas necesarias para que el personal abandone su trabajo el lunes 17 de septiembre, antes de la hora señalada. Mientras que el descanso deberá prolongarse hasta las 06:00 horas del día jueves 20 de septiembre.
Cabe destacar que el incumplimiento de la normativa será sancionado con una multa a beneficio fiscal de 5 UTM (239 mil 600 pesos) por cada trabajador afectado.
Si el empleador tuviere contratados hasta 49 trabajadores; 10 UTM (479 mil 200 pesos) por cada trabajador afectado, si el empleador tuviere contratados de 50 a 199 y 20 UTM (958.000 pesos) por cada trabajador afectado, si el empleador tuviere contratados a 200 o más dependientes.
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