La Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso de protección interpuesto por el dueño de un local comercial, por la no renovación de patentes de expendio y consumo de bebidas alcohólicas, decretada por el concejo municipal de Coquimbo, el 30 de julio pasado.
En fallo unánime se estableció el actuar ilegal e infundado del concejo recurrido contra el negocio Mega Palermo de Coquimbo.
El fallo sostiene que “el fundamento de la cuestionada decisión del Concejo referido a ‘las continuas riñas fuera del local’, no es posible vincularlo al establecimiento del recurrente ya que no existe ningún antecedente sobre dicha materia en los Informes analizados (…) como tampoco en el Acta de la 028º Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal de Coquimbo”.
La resoluciones agrega que “la conducta del organismo recurrido afecta y lesiona tanto el derecho del recurrente a desarrollar una actividad económica que no es contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen”.
Por tanto, concluyen que “se acoge, con costas, el recurso de protección deducido por Ricardo Patricio Godoy Maldonado y, en consecuencia, se declara que se deja sin efecto el acuerdo nº 5 del Concejo Municipal de Coquimbo, adoptado en la Sesión Extraordinaria 028 del lunes 30 de julio de 2018, y todo acto que de él se derive, entre ellos el Decreto Exento nº 1621 de 27 de agosto de 2018 de la I. Municipalidad de Coquimbo, y que impida la renovación y, por tanto, el pago de la patente rol 400280, depósito de licores y bebidas alcohólicas, vinculada al negocio Mega Palermo”.
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