La Corte de Apelaciones de La Serena acogió a trámite dos recursos de protección presentados en contra de Carabineros y del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por el uso de balines y gases lacrimógenos en protestas y manifestaciones pacíficas.
En fallos unánimes, la Segunda Sala del tribunal de alzada dictó, además, orden de no innovar con el objetivo de resguardar las garantías constitucionales que podrían verse afectadas o amenazadas en tanto se resuelve la acción constitucional de amparo.
“Atendido los hechos esgrimidos y con el objeto de resguardar las garantías constitucionales que puedan verse afectadas y/o amenazadas mientras se resuelve la presente acción constitucional, se decreta orden de no innovar, en el sentido que las autoridades Carabineros de Chile y Ministerio del Interior y Seguridad Pública deberán abstenerse de utilizar armas letales, como también balines, respecto de las personas que protestan pacíficamente, limitando el uso de gases lacrimógenos o cualquier otro método o procedimiento que afecte la integridad física de las personas, a las situaciones extremas”, consignan los fallos.
Asimismo, la Corte de La Serena ordenó oficiar a las partes recurridas para “informar al tenor de los recursos interpuestos, en un plazo de ocho días, debiendo adjuntar todos los antecedentes que obren en su poder”.
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