Este viernes, el Presidente Sebastián Piñera promulgará la ley que permite el retiro excepcional de los fondos en la AFP.
Tras la promulgación realizada por el Presidente, se deberá esperar a su publicación en el Diario Oficial para que entre en vigencia esta reforma y las personas puedan solicitar su retiro del 10% en su respectiva AFP.
Cabe recordar que los dineros pueden ser retirados por todos los afiliados al sistema de AFP, incluyendo a los beneficiarios de pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia.
Cuando el presidente promulgue la reforma, se publicaría en el Diario Oficial dentro de los próximos 3 días, hay un plazo de 10 días hábiles para que las AFP habiliten una forma de solicitar el retiro. A partir de allí las personas podrán solicitar el retiro de los ahorros y de ese momento tendrán 10 días hábiles para sacar su dinero.
El retiro se podrá hacer en dos cuotas: La primera, de 50% del monto, en un plazo máximo de 10 días hábiles, luego de presentada la solicitud ante la AFP. Lo restante se entregará en un plazo máximo de 30 días hábiles a contar del desembolso anterior.
El diario LUN publicó preguntas prácticas sobre el retiro del 10% del ahorro previsional que puedes revisar a continuación:
- ¿Dónde depositarán el dinero?
Puede ser en la cuenta RUT, cuenta corriente o cuenta 2 de la AFP, trámite que no tiene costo para el afiliado.
- ¿Qué significa que el dinero sea intangible desde el punto de vista legal?
Significa que los dineros están libres de impuesto, gravámenes, comisiones y embargos, ninguna institución financiera, persona, ni el Estado, podría tomar esos dineros para saldar algún tipo de deuda como créditos hipotecarios, CAE, etc de forma automática). Excepto quienes tengan deudas pendientes por el pago de pensión alimenticia.
- Si no tengo necesidad económica ¿conviene retirar el dinero?
Con los incentivos de la ley, si se podría retirar el dinero por ejemplo para colocarlo en el mismo sistema AFP como lo sería la APV o Cuenta 2 de Ahorro. También se puede dejar en otro instrumento financiero como una cuenta de ahorro de giro rápido. Hay alternativas para sacar ese dinero sin gastarlo. Es importante tener en consideración que la persona que use ese dinero y lo invierte en otros instrumentos financieros debe tener conocimientos del comportamiento de los mercados financieros.
Cada persona tiene sus propias razones para hacer uso o no de su 10%.
- ¿Es rentable sacar la plata e invertirla en APV?
Se debe ser cuidadoso porque existen varias alternativas y es fácil equivocarse. Lo ahorrado en la AFP no paga comisión y cualquier inversión que se realice tendrá que pagarla. El APV entrega beneficios tributarios, pero si se toma una alternativa cara, estos se perderán.
- ¿La cuenta 2 es buena para depositar el 10%?
La cuenta 2 permite invertir en 11 instrumentos de distintos países, eso significa que se obtiene rentabilidad por otras vías con comisiones bajas. Y se puede invertir montos bajos, como 5 mil pesos y renta lo mismo que los multifondos de las AFP.
- ¿Cuánto dinero podré retirar según mis ahorros?
Se establece que quienes tengan menos de 35 UF (alrededor de $1 millón) ahorrado en sus cuentas de capitalización individual podrán retirar la totalidad de esos dineros. Quienes tengan ahorrado entre 1 a 10 millones de pesos podrán retirar hasta $1 millón. Los que tienen ahorros entre 10 a 43 millones de pesos podrán retirar su 10%. Finalmente quienes tengan más de $43 millones podrán retirar hasta $4,3 millones, el tope de 150 UF que establece el proyecto.
- Si no lo necesito ahora pero tengo problemas económicos más adelante ¿Podré retirarlo?
Si, puede hacer la solicitud de retiro hasta un año desde promulgada la ley.
- Si soy dueña/o de casa y antes trabajé y coticé en AFP ¿Puedo retirar el dinero?
Si, pues la ley establece el retiro universal de todos quienes tengan ahorros en sus cuentas de AFP, independiente si actualmente se encuentra o no cotizando.
- ¿Por qué las personas pensionadas con renta vitalicia no pueden sacar el 10%?
Cuando la persona tomó una renta vitalicia lo que hizo fue vender sus fondos a una compañía de seguros a cambio de una pensión, por lo tanto esa persona ya no tiene fondos en la AFP. En caso que esa persona siguió trabajando y aportando a una AFP va a tener derecho a retiro. Es importante recalcar que todos tienen derechos teniendo saldo en la AFP.
- Si soy pensionado de las Fuerzas Armadas, Carabineros o Gendarmería y desempeño labores en otro rubro ¿puedo optar al retiro del 10%?
Si sigue en el mundo laboral y tiene saldo en una cuenta obligatoria de las AFP, puede solicitar el retiro
- Si soy viudo/a y cobro pensión de sobrevivencia ¿puedo cobrar el 10%?
Mientras la pensión esté en una AFP, se puede retirar el dinero. Una viuda que recibe la pensión de sobrevivencia, esta es pagada con los ahorros previsionales que dejó su difunto marido. Si esos dineros están en la AFP, se puede hacer el retiro en las condiciones establecidas.
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