La Corte de Apelaciones de La Serena confirmó la sentencia que condenó a la empresa Magno Gestión Inmobiliaria SpA, a pagar a beneficio municipal una multa total de 1.475 UTM (unidades tributarias mensuales) por infringir la ley de protección del bosque nativo.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada confirmó la resolución recurrida, dictado por el Segundo Juzgado de Policía Local de Coquimbo, que acogió la denuncia realizada por Corporación Nacional Forestal, Conaf, tras constatar que la empresa cortó 420 ejemplares de guayacán (porlieria chilensis) y una hectárea de formaciones xerofíticas, en el sector Tongoicillo de Coquimbo, sin contar con un plan de manejo autorizado por la autoridad sectorial.
“Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley 18.287 y 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la sentencia apelada de veintidós de abril de dos mil diecinueve”, consigna el fallo.
La resolución de primera instancia ratificada concluyó que: “el denunciado efectivamente ha incurrido en las infracciones denunciadas de tal forma que el Tribunal aplicará una sanción, teniendo en cuenta lo indicado por el Ministro de Fe de la Corporación Nacional Forestal en sus informes técnicos (…) considerando en especial que se ha producido una corta de una gran cantidad de ejemplares de guayacán en categoría de vulnerables (…) que ha significado una disminución de dichos ejemplares en la zona en una gran magnitud de terreno, con el consiguiente daño ecológico de una especia frecuente en esta región, cuya ausencia trae consecuencias para la fauna del lugar, además de la afectación de gran cantidad de formaciones xerofíticas en las zonas aledañas, afectando especies en categoría de conservación vulnerables y en peligro (…) lo que también ha provocado un daño constatado a los suelos y de la afectación de gran cantidad de especies atriplex numlaria”.
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