La Sala del Senado aprobó este jueves el proyecto del Gobierno para un segundo retiro del 10% de las AFP.
Con 35 votos a favor -al menos 15 de la oposición-, y solo uno en contra y cinco abstenciones el proyecto fue despachado a la Cámara de Diputadas y Diputados.
Más temprano se había rechazado la reforma constitucional impulsada por diputados de oposición sobre la misma materia.
El proyecto
Este proyecto indica que el retiro no podrá exceder de 150 Unidades de Fomento, ni ser inferior a 35 Unidades de Fomento (entre 4 millones 300 mil y fracción; y un millón 14 mil pesos), en caso de que los saldos acumulados en la cuenta así lo permitan.
En el caso de que los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual sean inferiores a 35 UF, el afiliado podrá retirar la totalidad de los fondos acumulados en dicha cuenta.
Además, será impedimento para realizar dicho retiro el percibir rentas o remuneraciones se regulen de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 bis de la Constitución Política de la República (Presidente de la República, Ministros de Estado, Gobernadores Regionales, Senadores y Diputados y sus asesores a honorarios).
La entrega de los fondos acumulados y autorizados de retirar se efectuará de la siguiente manera:
i) El 50 por ciento en un plazo máximo de 15 días hábiles de presentada la solicitud ante la respectiva Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) a que pertenezca el afiliado.
ii) El 50 por ciento restante en el plazo máximo de 15 días hábiles a contar del desembolso anterior.
Cabe destacar que no se permitirá el reintegro de fondos y se entenderá que el retiro es una renta, por tanto ésta deberá cancelar impuestos de acuerdo a la renta del contribuyente.
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