Como una medida de incentivar la participación femenina en el mundo laboral, desde el 2013, el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) ha estado presente, beneficiando a una cantidad importante de mujeres, tanto en la región como en país. Dirigido a las mujeres más vulnerables, que se encuentran trabajando de manera dependiente o independiente, este beneficio dura cuatro años, y se postula una única vez.
Para postular al beneficio, las mujeres interesadas deben ingresar a www.sence.cl, > subsidios > Mujer Trabajadora. Además, deben cumplir ciertos requisitos, como tener entre 25 y 59 años (y 11 meses), pertenecer al 40% más vulnerable según el Registro Social de Hogares, y encontrarse trabajando de manera dependiente o independiente.
“Tratándose de un beneficio económico que viene a complementar la renta de una mujer trabajadora hasta en un 15%, es una oportunidad valiosa que no puede ser desaprovechada. Por esta razón, invito a todas las mujeres que pertenezcan al 40% más vulnerable de la población, que se encuentren trabajando actualmente, ya sea en jornada parcial o completa, a que postulen a este beneficio. Para ello, deben visitar nuestro portal donde también podrán encontrar en detalle todos los requisitos y condiciones para acceder a este beneficio” señaló el Director Regional del Sence, Carlos Covarrubias
Para ser sujeta de pago, la postulante debe tener sus cotizaciones declaradas y pagadas, y recibir una renta bruta mensual de $501.545 (si la postulante pretende recibir adelantos mensuales), o bien percibir una renta bruta anual inferior a $6.018.539, si la trabajadora opta por recibir de manera anual el beneficio.
El beneficio dura 4 años y solo se puede optar por una única vez. Entre quienes no pueden optar a este beneficio figuran aquellas mujeres que trabajan en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%. Las postulaciones están abiertas todo el año y se puede postular en todo momento con su RUT y Clave Única.
Incompatibilidad con otros beneficios estatales
Si la trabajadora tiene un nuevo contrato y postula al IFE Laboral y al BTM de forma paralela, este último no se paga, sino que se mantiene suspendido hasta que la beneficiaria deja de recibir el IFE. En el caso que la trabajadora también postule al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG), se privilegiará éste último y no se pagará el BTM.
Con otros beneficios estatales, el BTM es completamente compatible.
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