El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena condenó a D.K.M a la pena de 20 años de
presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de secuestro con violación. Ilícito
perpetrado en la comuna, en mayo del año pasado.
En fallo unánime, el tribunal aplicó, además, al condenado las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Para el tribunal “se estima que éste tipo penal compuesto (…) debe ser leído a la luz del
enfoque de género, única forma que permitirá responder a los compromisos internacionales
asumidos por nuestro país y ajustarse a dichos estándares con el objetivo de enfrentar la
situación de dominación y subordinación histórica sufrida por la mujer con respecto al
hombre y que, como tal, puede producirse no sólo en un contexto de relación afectiva, sino
en otras situaciones en las que se aprecie esa motivación, lo anterior, llevará
indudablemente a fortalecer la atención de toda la sociedad respecto de la violencia contra
la mujer, debiendo esta figura penal comprenderse ligada a casos de violencia contra las
mujeres”.
“De esta forma, pensar el derecho penal con perspectiva de género exige mucho más que
diseñar normas categóricas susceptibles de ser aplicadas a una infinidad de supuestos, pero
inidóneas al momento de resolver conflictos en concreto. Lo que nos lleva a concluir que la
relación de las mujeres con el derecho penal demanda una reflexión muy profunda para dar
una respuesta efectiva, siendo por ello necesario incorporar la perspectiva de género al
momento de valorar la prueba, comprendiendo por tal ‘una herramienta que permite ver y
entender la situación de desventaja en que han vivido y continúan viviendo principalmente
las mujeres, por la dinámica de roles y estereotipos de género que interactúan en nuestra
sociedad, poniendo énfasis en las situaciones de discriminación, de desigualdad y de
violencia que experimentan?. En este sentido, incorporar esta perspectiva permite visibilizar
estas realidades en aras de obtener una plena igualdad”, sostiene el fallo.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de
muestra biológica del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación al
registro nacional de ADN de condenados.
En cuanto a los hechos, el tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que
el 12 y 13 de mayo de 2021, en un domicilio en Población Minas, comuna de La Serena,
D.K.M. premunido de un fierro, agredió con golpes en diferentes partes del cuerpo a su
exconviviente con quien tiene una hija en común, causándole numerosa lesiones de distinta
gravedad; maniatarla de manos y pies con una cinta de embalaje y además con un cordel, el
que hizo pasar sobre su cuello, logrando inmovilizarla, continuar con su agresión y violarla,
tras lo cual abandonó el inmueble, dejándola amarrada y encerrada con llaves, impidiéndole
que la víctima huyera, lo que solo pudo acontecer en un tiempo posterior, debido al auxilio
que recibió de vecinos del sector.
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