La Corte de Apelaciones de La Serena acogió la solicitud del Ministerio Público en orden a pedir a Argentina la extradición activa de Miguel Alejandro Vega Pérez, imputado como autor de dos delitos consumados de homicidio calificado. Ilícitos perpetrados en enero pasado, en la comuna de Ovalle.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada estableció que en la especie se cumplen los requisito establecidos en el tratado de extradición suscrito por ambos países.
“Que entre la República de Chile y la República Argentina se encuentra vigente el Tratado particular sobre Extradición que ambos países suscribieron: la Convención de Extradición de Montevideo de 26 de diciembre de 1933”, plantea el fallo.
La resolución agrega: “Que, con el mérito de los antecedentes de la causa y lo argumentado supra, se concluye que respecto del Estado requirente se cumplen todos los requisitos de la extradición, a saber, que se trate de hechos que tienen características de delito, ilícitos que fueron cometidos dentro de la jurisdicción de este Tribunal, en territorio nacional, punibles con una pena de uno o dos años de privación de libertad, según los tratados previamente indicados, respectivamente, no encontrándose prescrita la acción penal ni la pena y, además, no constituyen un delito político, ni conexos con ellos”.
Al respecto el ministro Pulgar señaló que “La Corte, en primer lugar, estimó procedente zanjar cual es el espacio de resolución que tiene, que no es una revisión de la resolución de primer grado, sino que más bien se trata del conocimiento de una causa en única instancia. Y en segundo lugar, entendió satisfecha la exigencia no solo del Código Procesal Penal, artículo 431 en adelante, sino que también los tratados internacionales bilaterales que tenemos suscritos con el país, en este caso Argentina, a quien al tratarse de una extradición activa, vamos a solicitar que nos remita la persona del imputado para el juzgamiento de rigor. Dicha petición va oficiada al Ministerio de Relaciones Exteriores con el fin de comunicar la decisión de la Corte que, conociendo una segunda parte de la petición de Ministerio Público, decide solicitar al Ministerio la comunicación al país vecino Argentina de la prisión preventiva para asegurar los resultados de la misma investigación respecto a este imputado, por entender que se satisface las exigencias legales”.
Según el ente persecutor, en la formalización en ausencia, realizada el pasado 8 de julio en el Juzgado de Garantía de Ovalle, aproximadamente a las 21:30 horas del 23 de enero de 2022, la víctima J.A.C.I. se trasladaba junto a su hija de 6 años y un tercero, a bordo de un automóvil, por la comuna de Ovalle. En dicho contexto, el imputado comenzó a seguirlo en vehículo gris, junto a otros sujetos no identificados.
La víctima, al percatarse que era seguido, comenzó a recorrer distintas calles de la población Mirador, con la intención de perder al vehículo en que iba el requerido, quien lo interceptó en forma perpendicular, procediendo a disparar en contra de la puerta del conductor. Herido en las piernas, J.A.C.I. perdió el control del móvil, por lo que chocó contra otro vehículo que estaba estacionado en el lugar. J.A.C.I. y su hija se bajaron del vehículo y buscaron refugio en un negocio cercano. Local al que los siguió el imputado, el que procedió a realizar, al menos, dos disparos más, impactando al padre en el tórax y a la niña en el cráneo, quienes fallecieron debido a la gravedad de las heridas.
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