En procedimiento abreviado, el Juzgado de Garantía de Coquimbo dio a conocer la condena contra los imputados por el crimen de Héctor Saavedra, conductor InDriver.
De esta forma, se condenó a los adolescentes D.A.R.B. y M.E.V.A.C., a cumplir la sanción de 10 años de internación en régimen cerrado con programas de reinserción social, en calidad de autores de los delitos consumados de robo con violencia e intimidación y robo con homicidio; en tanto, la menor I.A.L.V. deberá cumplir 5 años de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social, por su participación en el segundo delito. Ilícitos perpetrados en enero pasado, en la ciudad.
“Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 23 Nº 1 y 2 de la ley 20.084, las sanciones que puede imponer el tribunal corresponden a: i) internación en régimen cerrado con programa de reinserción social, ii) internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social o iii) libertad asistida especial. La naturaleza de la pena que resulta aplicable al caso concreto entonces es cualquiera de las que se viene mencionando, y la elección de cuál de ellas resulta idónea, deberá verificarse según los criterios que impone el artículo 24 del cuerpo legal aludido”, consigna la sentencia.
La resolución agrega que “para los efectos de las sanciones impuestas, se llevarán a cabo en centros especializados para adolescentes que en su oportunidad designará el coordinador del Programa Régimen Cerrado del Sename, debiendo confeccionar un programa personalizado de actividades socioeducativas y de reinserción social en el ámbito comunitario, que les permitan tanto su rehabilitación conductual en lo relativo al control de impulsos como su participación en el proceso de educación formal, la capacitación laboral, la posibilidad de acceder a programas de rehabilitación de drogas, si procediere, junto al fortalecimiento de los vínculos con su familia, puesto que por un largo período deberán permanecer residiendo en un centro privativo de libertad”.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 02:20 horas del 30 de enero de 2022, “los acusados D.A.R.B. y M.E.V.A.C., previamente concertados y con la finalidad de sustraer especies, solicitaron un viaje desde el sector de Sindempart en Coquimbo mediante la aplicación de transportes InDriver, llegando a buscarlos hasta dicho lugar la víctima L.A.F.A., comenzando el viaje hasta el sector de Avenida El Culebrón, Coquimbo. Al llegar al lugar uno de los imputados intimidó al conductor con un arma de apariencia de fuego manifestándole que entregara dinero y se bajara del auto, produciéndose un forcejeo. La víctima logró huir con las llaves de su vehículo, sustrayendo los acusados desde el interior del automóvil un teléfono celular y dinero en efectivo”.
Posteriormente, a las 17:35 horas aproximadamente, “D.A.R.B, M.E.V.A.C. e I.A.L.V., junto a una menor de 12 años, previamente concertados y con la finalidad de sustraer especies, desde calle Juan Antonio Ríos, comuna de Coquimbo, solicitaron un viaje mediante la aplicación de transportes InDriver, llegando a buscarlos hasta dicho lugar la víctima, iniciando el viaje hasta el sector del Panul. Al llegar al sector aproximado del kilómetro 453 de la Ruta 5 Norte, comuna de Coquimbo, los acusados, con ocasión o motivo del robo y para lograr la sustracción del vehículo y otras especies, premunidos de armas tipo cuchillos, lo apuñalaron e infringieron 21 heridas corto penetrantes, que le produjeron la muerte, dejándolo abandonado en dicho lugar. Los acusados sustrajeron y se apropiaron del vehículo referido de la víctima, junto a la billetera y documentos, dándose a la fuga con estas especies”.
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