Acogida por el Tercer Juzgado de Letras de La Serena fue la demanda presentada por Jaime Alfredo Mazzei Acuña contra la Universidad de La Serena por la prescripción del cobro de deuda de crédito universitario.
De acuerdo al fallo, la demanda fue acogida por la magistrada Cecilia Rojas, ya que se constató el paso de tiempo necesario para su prescripción, el que transcurrió entre el egreso de Mazzei de la universidad y la notificación de la demanda.
“(…)entre la fecha que el demandante egresó de la Universidad de La Serena y la de notificación de la presente demanda, ha transcurrido en exceso el plazo de tres y cinco años que establece el artículo 2515 del Código Civil, para la prescripción de las acciones ejecutivas y las acciones ordinarias respectivamente, y tratándose en la especie de la prescripción de la acción emanada de un pagaré, debe aplicarse lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley N° 18.092, que señala que este plazo será de un año contado desde que la obligación se hizo exigible”, sostiene el fallo.
Por ello, concluye: “Que se acoge, sin costas, la demanda deducida por don Jaime Alfredo Mazzei Acuña, declarándose prescrita la deuda y las acciones emanadas del pagaré folio 93001698 de 9 de Julio de 1994”.
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