Una millonaria suma de dinero es la que tendrá que pagar la Universidad de La Serena a 24 académicos que demandaron a la casa de estudios por discriminación.
Los académicos se habían acogido a la pensión de vejez y continuaron prestando servicios académicos, certificados por la universidad, la que los desvinculó en diciembre del 2017.
La magistrada Nancy Bluck estableció que si bien la obtención de pensiones por vejez provocó el efecto previsto en el estatuto administrativo, perdiendo los denunciantes su calidad de empleados públicos, al no existir norma especial que solucionara esta particular situación se recurrió al estatuto común de los trabajadores, el Código del Trabajo.
Se trata de $1.500 millones que la institución deberá pagar, ya que el tribunal estableció que la ULS incurrió en un acto de discriminación por razones de edad y condenó que la casa de estudios pagara indemnizaciones bajo ese concepto, además de aviso previo, años de servicio, remuneraciones no pagadas y lucro cesante.
El fallo sostiene que “(…) el hecho de extender los certificados dando cuenta de una política de aceptación de la continuidad docente pese a la obtención de pensiones por vejez es una prueba irrefutable de conocimiento y por lo tanto lo que la Universidad nos tendría que haber explicado, son las razones por las cuales después de tanto tiempo de aplicar esta política, que no puede ahora desconocer, decide simplemente cambiar de criterio y poner fin a los servicios de los denunciantes”.
Y agrega que, “tenemos la absoluta incapacidad de la Universidad de La Serena en orden a explicar por qué luego de tantos años de considerar compatible la pensión por vejez y la continuidad funcionaria, decide de pronto “consultar” a la Contraloría si esta situación estaba dentro de los parámetros legales.
Los antecedentes reunidos en el juicio nos llevan a concluir que la consulta al órgano contralor fue una manera de blanquear la decisión de ir rebajando la edad de sus docentes sin incurrir en gasto alguno, principiando por la desvinculación de aquéllos que estaban pensionados y que lo habían hecho con su propia venia”.
Asimismo señala que la mayoría de los denunciantes solicitó la reincorporación a la casa de estudios, sin embargo el fallo sostuvo que “no se accederá a las peticiones de reincorporación desde que ello implicaría ordenar la comisión de un acto ilegal, lo que resultaría completamente improcedente”.
Ahora bien, además del pago a los 24 académicos demandantes, el fallo establece que la Universidad de La Serena deberá realizar una ceremonia de despedida formal de los docentes en un plazo de 30 días, donde deberá invitarse a todo el personal y alumnos de la universidad, donde se les deberá agradecer el tiempo servido, mencionándolos uno por uno.
“Sin perjuicio de lo anterior, la Universidad de La Serena, deberá realizar una charla sobre la garantía de no discriminación, dentro del plazo de 60 días desde que esta sentencia quede firme, actividad que deberá ser impartida por un catedrático especialista en Derecho del Trabajo, que posea un doctorado en la especialidad o tenga a lo menos cinco libros publicados sobre Derecho Laboral. A esta actividad deberá convocarse a toda la comunidad universitaria y extenderse invitación a todos los denunciantes, resultando obligatoria la asistencia de los señores Rector y Vicerrector de la Universidad, ya sea titular o subrogante”.
Cabe destacar que si bien el Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena se ha pronunciado de la forma señalada, esta sentencia no se encuentra firme aún, puesto que podrían las partes eventualmente recurrir de nulidad en su contra.
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